Introducción

"La política criminal constituye la facultad delegada por el conglomerado social al Estado para que defina, mediante procesos de criminalización y descriminalización, la cuestión criminal dentro de la estructura social y por lo tanto, dirija y organice el conjunto de métodos utilizables como respuesta al fenómeno criminal en un marco democrático de legalidad. Es así como, se establece la prioridad de derechos que se han de proteger y las formas que deben implementarse para lograr esa protección. Su función principal se concentra entonces, en el establecimiento de los modelos de prevención y de lucha contra el crimen." (Acevedo, 2014, p.41)

Este Blog tiene la finalidad mostrar datos importantes acerca de la Política Criminal, principalmente en Costa Rica pero además se expondrán algunos datos de interés a nivel internacional.

sábado, 7 de abril de 2018

Ministerio de Justicia




“Actualmente, el Ministerio de Justicia y Paz tiene entre sus principales funciones impulsar y coordinar planes y programas dirigidos a la promoción de la paz en el ámbito nacional desde la perspectiva de prevención de la violencia, apoyar al Ministerio de Seguridad Pública en materia del control de las armas de fuego en el país, promocionar la resolución alternativa de conflictos como una forma de desarrollar una cultura de paz, propiciar la mejor articulación a fin de cumplir el mandato de la Ley General de espectáculos públicos, materiales audiovisuales e impresos y promover la participación de la sociedad civil por medio de organizaciones no gubernamentales y cualquier otro tipo de organismo dedicado a promover la paz y la no violencia.” (Ministerio de Justicia y Paz, 2016, párr. 2).

El Ministerio de Justicia cuenta con diversos Centros Penales en Costa Rica, estos son utilizados para efectuar una política criminal preventiva en el sentido de tener bajo su custodia a las personas que han cometido algún delito.

“La Dirección General de Adaptación Social es la institución estatal a la cual, según lo establece su ley de creación y otras disposiciones legales, le compete la custodia, la ubicación y la atención técnica de las personas sujetas a penas y medidas privativas de libertad así como la atención de las que se encuentran con beneficios y medidas alternativas en sustitución de la pena de prisión otorgadas por el Instituto Nacional de Criminología y por las autoridades judiciales. Por ende le corresponde la atención de una población caracterizada por la diversidad de sus condiciones y de la dinámica institucional que genera.” (Ministerio de Justicia y Paz, 2016, párr. 1).

Privando de libertad a una persona según lo ordena un Juez es como se espera que la cárcel reforme al delincuente y una vez que vaya a hacer egreso por libertad este ya esté adaptado a establecer una convivencia social adecuada dentro de la sociedad, sin embargo la realidad es que la adaptación social  para esta población no tiene los resultados que se esperan, ya que aunque las expectativas sean altas, la reinserción social no se obtiene.

Por tanto, la privativa de libertad no está funcionando actualmente, esto lo demuestra la alta reincidencia del delincuente y es que en los Centros Penales es común observar como una persona regresa a prisión en repetidas ocasiones.

En el siguiente Enlace se puede observar una noticia referente a este tema.



Referencias bibliográficas


Chinchilla-Salazar, D. (2016, 08 de enero). Justicia suelta más reos en arranque 2016. Diario Extra. Recuperado de          http://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/280322/justicia-suelta-mas-reos-en-arranque-de-2016-

Ministerio de Justicia y Paz. (2016). Administración Penitenciaria. Recuperado de             http://www.mjp.go.cr/Dependencias/DGAS



Ministerio de Justicia y Paz. (2016). Historia Institucional. Recuperado de             http://www.mjp.go.cr/Acerca?nom=historia-institucional



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